Desde este mes de abril Imatek se convierte en ECA Nivel II en el Paìs Vasco.

Con esta homologaciòn Imatek ha sido reconocida para el desempeño de las actuaciones de verificación, validación y control de las actividades en el Paìs Vasco con nùmero de registro: 16R04/2019/00002387

 

 

Dicho reconocimiento ha sido oficialmemente publicado en la pàgina del Gobierno Vasco :

http://www.euskadi.eus/informacion/entidades-de-colaboracion-ambiental/web01-a2ingkut/es/

 

Un nuevo logro del laboratorio de Imatek,preocupado siempre con la voluntad de dar el mejor servicio de calidad y precisiòn.

 

Què son las Entidades de Colaboración Ambiental (ECA)


Las entidades de colaboración ambiental (ECA) son entidades con personalidad jurídica propia, de carácter público o privado, colaboradoras del Departamento que tiene atribuidas las competencias en materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desempeño de las actuaciones de verificación, validación y control de las actividades.

En la verificación de actividades la entidad de colaboración ambiental realiza el proceso de evaluación de la conformidad con los requisitos establecidos en una autorización, tramitación, licencia o de la legislación ambiental vigente, en uno o varios aspectos ambientales que le sean de aplicación, sin la utilización de equipos de inspección, medición y ensayo.

En la validación la entidad de colaboración ambiental confirma que la verificación realizada resulta conforme a los requisitos establecidos.

En el control de actividades la entidad de colaboración ambiental comprueba los requisitos ambientales impuestos en una autorización ambiental, en una licencia o en la propia normativa ambiental a una actividad, mediante la utilización de equipos de inspección medición y ensayo, incluidos los correspondientes a la toma de muestras.

Las entidades de colaboración ambiental se clasifican en entidades de validación ambiental y entidades de control ambiental:

  • Nivel I: entidades de validación ambiental. Estas entidades desarrollan las siguientes actuaciones:
    • Validación documental de los requisitos y datos necesarios para la solicitud de autorizaciones ambientales, renovaciones de autorización, tramitación de subvenciones y verificación de actividades.
    • Verificación en dependencias de la actividad de la adecuación de los equipos y/o instalaciones a los requisitos establecidos en dichas autorizaciones, tramitaciones administrativas o en la normativa ambiental aplicable.
  • Nivel II: entidades de control ambiental. Estas entidades llevan a cabo actividades de toma de muestras, mediciones y análisis, para la evaluación de conformidad de los distintos controles y verificaciones de funcionamiento a realizar a lo largo de la vida útil de la actividad.

 

 

 

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